 1º. El centro docente solicita a la Universidad
de Alcalá información sobre el
Dictamen de Calidad.
2º. La Universidad de Alcalá envía
al centro docente el formulario de solicitud, el
documento de consideraciones generales (información
relacionada con la situación jurídico-legal,
requisitos mínimos y condiciones que debe
cumplir el centro, precio y gastos, y fechas sobre
la emisión, revisión y renovación
del dictamen) y el documento de visita de evaluación.
3º. El centro envía a la
Universidad los siguientes documentos:
Solicitud
del Dictamen (Anexo I)
Declaración Jurada (Anexo III)
Textos publicitarios utilizados por el centro,
Fotocopia de los planos del edificio en los
que se especifique su dimensión
total,
Relación de alumnos matriculados el último
año natural,
Justificante de haber abonado el canon
establecido por la Universidad de Alcalá para la emisión
del Dictamen de Calidad y los gastos de
viaje.
4º. La Universidad de Alcalá verifica
la documentación recibida para comprobar
que se cumplen las condiciones establecidas y se
pone en contacto con el centro para confirmarle
que ha recibido la documentación y el canon
correspondiente, y que todo está correcto.
En ese momento, propone posibles fechas
de visita.
5º. El centro docente confirma las fechas
de visita.
6º. La Universidad de Alcalá realiza
la visita.
B
) La visita de evaluación
Las visitas de supervisión por parte
de la Universidad de Alcalá se harán
a lo largo de uno o más días, durante
los cuales el centro solicitante no deberá alterar
su actividad normal.
Los representantes de la Universidad tendrán
libre acceso a las dependencias e instalaciones
del centro, a las actividades académicas
(clases, reuniones de profesores), a los documentos
oficiales, a las evaluaciones del profesorado
y del centro y a los materiales docentes (que
han de estar en su totalidad o en su mayor parte
disponibles en el centro el día de la
inspección). Por otro lado, los representantes
de la Universidad podrán entrevistarse
con cualquier persona vinculada al centro, incluidos
los alumnos. Los datos recogidos por los representantes
de la Universidad serán examinados por
la comisión evaluadora encargada de emitir
la valoración cuantitativa, quien garantiza
la confidencialidad de los materiales entregados.
Para el desarrollo de las entrevistas y para
poder llevar a cabo las tareas inherentes
a la labor de evaluación, el centro debe facilitar
un lugar apropiado de trabajo al evaluador.
i. En qué consiste la visita
1.- Entrevista con el director del centro y
con el jefe de estudios.
2.- Observación de clases: al menos cuatro
clases durante 10-20 minutos.
3.- Supervisión de instalaciones y equipamiento.
4.- Entrevistas con profesores.
5.- Entrevistas con estudiantes.
6.- Entrevistas con otras personas vinculadas
al centro: personal de secretaría, personal
de administración, etc.
El evaluador se podrá entrevistar de forma
individual con profesores y estudiantes.
ii.
Quién debe estar en el centro durante
la visita
El responsable del centro, el jefe de estudios,
los profesores, representantes del personal de
secretaría, del personal de administración
y planificación, así como estudiantes.
iii. Qué debe estar disponible
durante la visita
- Todo el equipamiento.
- Los fondos bibliográficos, tanto del
profesorado como de la biblioteca.
- El material de elaboración propia.
- Los archivos de exámenes.
- Los archivos de evaluaciones del centro.
El evaluador deberá tener libre acceso
a cualquier instalación en cualquier momento.
La documentación requerida deberá estar
preparada al comienzo de la visita de evaluación.
iv. Qué se evalúa
Son múltiples los aspectos que se tienen
en cuenta en la evaluación. Entre los
más importantes, podemos mencionar:
Respecto a a la actividad académica:
la calidad del Plan Curricular del centro,
la cualificación del equipo docente,
la contratación del profesorado,
la metodología seguida por el centro,
el sistema de evaluación de los alumnos,
los materiales didácticos usados o creados
por el centro, etc.
Respecto a las instalaciones y el equipamiento:
la dotación de las aulas,
los materiales y recursos didácticos
de que dispone el centro, especialmente
la biblioteca,
los servicios complementarios de que
dispone el centro, etc.
Respecto a la organización administrativa:
la atención al cliente
la cualificación del personal administrativo,
la documentación generada por el centro
al servicio del alumno, etc.
la información
ofrecida por el centro,
la veracidad, etc.
v. Qué documentación que debe
entregarse el día de la visita
1. Impresos de matrícula.
2. Plan anual de cursos y actividades.
3. Plan curricular o documento de similares características
(dos copias).
4. Muestras de materiales de elaboración
propia.
5. Relación de profesorado y fotocopia
de contratos.
6. Currículos del profesorado (con fotocopia
de certificación).
7. Relación de alumnos por grupos del último
año.
8. Certificado de calificación de los
estudiantes en pruebas externas.
9. Modelo de evaluación de actividades
académicas utilizado por el centro.
10. Relación de obras y materiales docentes
utilizados y recomendados.
11. Relación de fondos de la biblioteca.
12. Organigrama y funciones del personal administrativo.
13. Currículum del personal administrativo.
14. Las cuatro fichas que aparecen en el anexo
II completadas a mano (fichas del Instituto Cervantes).
El centro se compromete a remitir por mensajería
a la Universidad de Alcalá la documentación
arriba indicada en caso de que, a juicio de la
persona que realiza la visita, el volumen de
material impida o dificulte que pueda ser transportada
a mano.
C
) Después de la visita de evaluación
Concluida la visita, se reunirá la
comisión evaluadora de la Universidad
de Alcalá para establecer la evaluación
definitiva. El procedimiento para la
emisión, la revisión y
la renovación del Dictamen de
Calidad que seguirá la Universidad
de Alcalá es el siguiente:
Emisión del Dictamen:
La Universidad
de Alcalá emitirá un Dictamen
de Calidad en el que aparecerá la
evaluación cuantitativa, obtenida
tras la aplicación del baremo
establecido por el Instituto Cervantes,
el periodo de validez y cuantas recomendaciones
considere oportunas para la mejora de
la calidad de los servicios que presta
el centro. Entre esas recomendaciones,
la Universidad de Alcalá podrá proponer
que el profesorado del centro realice
alguno de los módulos de formación
del profesorado previstos por el Instituto
Cervantes.
El dictamen será emitido por la
Universidad de Alcalá en un plazo
máximo de dos meses desde la fecha
de la visita al centro docente, sin exceder
nunca el plazo de seis meses contados
desde la fecha de solicitud por parte
del centro docente.
El dictamen estará suscrito por
la persona autorizada al efecto por la
Universidad de Alcalá y se remitirá al
Instituto Cervantes y al centro docente
en un plazo máximo de diez días
desde su fecha de emisión. Revisión del Dictamen
negativo:
En caso de que, según el informe
emitido por la Universidad de Alcalá,
el centro no supere las puntuaciones
exigidas como mínimas por el Instituto
Cervantes respecto a las condiciones
de carácter académico,
el centro docente puede solicitar la
revisión del mismo alegando aquellos
aspectos que considere pertinentes y
aportando la documentación oportuna.
En ese caso, la Universidad de Alcalá realizará la
revisión del Dictamen en un plazo
máximo de cuatro meses desde la
fecha en que reciba la solicitud de revisión.
Será decisión de la Universidad
de Alcalá si procede o no realizar
una nueva visita.
Renovación del Dictamen:
El
convenio de colaboración que suscriba
el Instituto Cervantes con un centro
docente para incorporarlo a la "Red
de Centros Acreditados" se extenderá por
un periodo de dos años, prorrogable
expresamente por mutuo acuerdo por periodos
iguales.
Para renovar el convenio, seis meses
antes de que éste expire el centro
solicitante se pondrá en contacto
con la Universidad de Alcalá (si
así lo estimara conveniente) para
solicitar un nuevo Dictamen, incluyendo
en la solicitud el periodo de vigencia
del convenio de colaboración suscrito
con el Instituto Cervantes. La Universidad
de Alcalá emitirá el Dictamen
de renovación en un plazo que
no excederá de tres meses desde
que el centro acreditado o asociado lo
solicite, con independencia de cuál
sea la identidad de la entidad que ha
emitido el Dictamen anterior.
Las solicitudes deben dirigirse, por
escrito, por fax o por correo postal
a:
Florentino Paredes García
Departamento de Filología (Laboratorio
de Fonética)
Colegio San José de Caracciolos
C/ Trinidad, nº 5
28801 Alcalá de Henares (Madrid)
Fax: 91 885 44 13. La solicitud implica la aceptación,
por parte de las personas, empresas o
instituciones que opten al certificado,
de todos y cada uno de los términos
contenidos en este documento.
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